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As we continue with our entries for the bi-lingual attorneys and lawyers in Cabo San Lucas, San Jose del Cabo and the Los Cabos area of Baja California Sur we have the following:
Continuando con lo mismo articulo 17..ahora en español para los abogados y bufetes en Cabo San Lucas, San José del Cabo y el área de Los Cabos en Baja California Sur:
ARTICULO 17. NINGUNA PERSONA PODRA HACERSE JUSTICIA POR SI
MISMA, NI EJERCER VIOLENCIA PARA RECLAMAR SU DERECHO.
TODA PERSONA TIENE DERECHO A QUE SE LE ADMINISTRE JUSTICIA POR
TRIBUNALES QUE ESTARAN EXPEDITOS PARA IMPARTIRLA EN LOS PLAZOS Y TERMINOS QUE
FIJEN LAS LEYES, EMITIENDO SUS RESOLUCIONES DE MANERA PRONTA, COMPLETA E
IMPARCIAL. SU SERVICIO SERA GRATUITO, QUEDANDO, EN CONSECUENCIA, PROHIBIDAS LAS
COSTAS JUDICIALES.
EL CONGRESO DE LA UNION EXPEDIRA LAS LEYES QUE REGULEN LAS
ACCIONES COLECTIVAS. TALES LEYES DETERMINARAN LAS MATERIAS DE APLICACION, LOS
PROCEDIMIENTOS JUDICIALES Y LOS MECANISMOS DE REPARACION DEL DAÑO. LOS JUECES
FEDERALES CONOCERAN DE FORMA EXCLUSIVA SOBRE ESTOS PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS.
LAS LEYES PREVERAN MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE
CONTROVERSIAS. EN LA MATERIA PENAL REGULARAN SU APLICACION, ASEGURARAN LA
REPARACION DEL DAÑO Y ESTABLECERAN LOS CASOS EN LOS QUE SE REQUERIRA SUPERVISION
JUDICIAL.
LAS SENTENCIAS QUE PONGAN FIN A LOS PROCEDIMIENTOS ORALES
DEBERAN SER EXPLICADAS EN AUDIENCIA PUBLICA PREVIA CITACION DE LAS PARTES.
LAS LEYES FEDERALES Y LOCALES ESTABLECERAN LOS MEDIOS
NECESARIOS PARA QUE SE GARANTICE LA INDEPENDENCIA DE LOS TRIBUNALES Y LA PLENA
EJECUCION DE SUS RESOLUCIONES.
LA FEDERACION, LOS ESTADOS Y EL DISTRITO FEDERAL GARANTIZARAN
LA EXISTENCIA DE UN SERVICIO DE DEFENSORIA PUBLICA DE CALIDAD PARA LA POBLACION
Y ASEGURARAN LAS CONDICIONES PARA UN SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA PARA LOS
DEFENSORES. LAS PERCEPCIONES DE LOS DEFENSORES NO PODRAN SER INFERIORES A LAS
QUE CORRESPONDAN A LOS AGENTES DEL MINISTERIO PUBLICO.
NADIE PUEDE SER APRISIONADO POR DEUDAS DE CARACTER PURAMENTE
CIVIL.
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