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As we continue with our entries for the bi-lingual attorneys and lawyers in Cabo San Lucas, San Jose del Cabo and the Los Cabos area of Baja California Sur we have the following:
Continuando con lo mismo articulo ..32...ahora en español, para los abogados y bufetes en Cabo San Lucas, San José del Cabo y el área de Los Cabos en Baja California Sur...
Continuando con lo mismo articulo ..32...ahora en español, para los abogados y bufetes en Cabo San Lucas, San José del Cabo y el área de Los Cabos en Baja California Sur...
ARTICULO 32.- LA LEY REGULARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS QUE
LA LEGISLACION MEXICANA OTORGA A LOS MEXICANOS QUE POSEAN OTRA NACIONALIDAD Y
ESTABLECERA NORMAS PARA EVITAR CONFLICTOS POR DOBLE NACIONALIDAD.
EL EJERCICIO DE LOS CARGOS Y FUNCIONES PARA LOS CUALES, POR
DISPOSICION DE LA PRESENTE CONSTITUCION, SE REQUIERA SER MEXICANO POR
NACIMIENTO, SE RESERVA A QUIENES TENGAN ESA CALIDAD Y NO ADQUIERAN OTRA
NACIONALIDAD. ESTA RESERVA TAMBIEN SERA APLICABLE A LOS CASOS QUE ASI LO SEÑALEN
OTRAS LEYES DEL CONGRESO DE LA UNION.
EN TIEMPO DE PAZ, NINGUN EXTRANJERO PODRA SERVIR EN EL
EJERCITO, NI EN LAS FUERZAS DE POLICIA O SEGURIDAD PUBLICA. PARA PERTENECER AL
ACTIVO DEL EJERCITO EN TIEMPO DE PAZ Y AL DE LA ARMADA O AL DE LA FUERZA AEREA
EN TODO MOMENTO, O DESEMPEÑAR CUALQUIER CARGO O COMISION EN ELLOS, SE REQUIERE
SER MEXICANO POR NACIMIENTO.
ESTA MISMA CALIDAD SERA INDISPENSABLE EN CAPITANES, PILOTOS,
PATRONES, MAQUINISTAS, MECANICOS Y, DE UNA MANERA GENERAL, PARA TODO EL PERSONAL
QUE TRIPULE CUALQUIER EMBARCACION O AERONAVE QUE SE AMPARE CON LA BANDERA O
INSIGNIA MERCANTE MEXICANA. SERA TAMBIEN NECESARIA PARA DESEMPEÑAR LOS CARGOS DE
CAPITAN DE PUERTO Y TODOS LOS SERVICIOS DE PRACTICAJE Y COMANDANTE DE AERODROMO.
LOS MEXICANOS SERAN PREFERIDOS A LOS EXTRANJEROS EN IGUALDAD DE
CIRCUNSTANCIAS, PARA TODA CLASE DE CONCESIONES Y PARA TODOS LOS EMPLEOS, CARGOS
O COMISIONES DE GOBIERNO EN QUE NO SEA INDISPENSABLE LA CALIDAD DE CIUDADANO.
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